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EDICTO

LICITACIÓN DE DOS PUESTOS DE VENTA NO SEDENTARIA EN EL PASEO DE LA CHOPADA UBICADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE XALÓ

  • OBJETO

La presente tiene por objeto la adjudicación de dos puestos de venta no sedentaria en la vía pública, concretamente en paseo de la chopada del término municipal de Xaló por período de 3 meses. Esta adjudicación «se podrá» prorrogar potestativamente por el Ayuntamiento de Xaló en 3 ocasiones más con idéntica duración de 3 meses previa petición del interesado realizada con quince días de antelación a la expiración del plazo otorgado en la autorización.

Este tipo de comercio ambulante sólo podrá ser ejercido por personas físicas mayores de edad, con plena capacidad jurídica y de obrar, en los lugares y emplazamientos que concretamente señalen en las autorizaciones que expresamente se otorgan y llevará aparejada la incompatibilidad para el desarrollo de la misma actividad en cualquier otro punto de venta sedentaria. Tampoco podrá realizar el adjudicatario venta a domicilio de alimentos, frutas o verduras, lo que resultará totalmente incompatible con esta autorización.

Tanto la regulación de dicha adjudicación, como la actividad quedarán sometidas a lo dispuesto en el Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana.

  • EMPLAZAMIENTO

Se autorizará el emplazamiento en el paseo de la chopada, en las zonas expresamente delimitadas por la autoridad competente. Las condiciones físicas del puesto no podrán ser superiores a 5 metros lineales.

La celebración será en días laborales previamente establecidos, no obstante, se podrá autorizar en días festivos de conformidad con la normativa aplicable.

El horario de desarrollo de la venta no sedentaria estará comprendido entre las 08:00 horas y las 20:00 horas.

  • PRODUCTOS DE VENTA

Exclusivamente se podrá desarrollar la venta de los siguientes productos: – Naranja, Mandarina, Limón, Sandía, Melón, Uva, Granada, Pomelo, Higo, Almendra, Tomate, Berenjena, quedará prohibida la venta de cualesquiera otros alimentos o productos alimenticios, así como de productos no perecederos.

  • SOLICITUDES

Las solicitudes de las autorizaciones se deberán dirigir al Alcalde acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del DNI del solicitante.
  2. Documentación acreditativa de encontrarse dado de alta en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas.
  3. Documentación acreditativa de encontrarse en situación de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social, y al corriente del pago de la cuota.
  4. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la TGSS, con la Agencia Tributaria y con la hacienda municipal y posterior aportación de certificado.
  5. Carné de manipulador de alimentos.
  6. Declaración responsable de no incurrir en causa de prohibición para contratar conforme a lo previsto en el RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
  7. Relación de productos que serán puestos a la venta de entre los establecidos en la lista taxativa.
  8. Cada licitador, únicamente, podrá licitar por un puesto.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo para la presentación de instancias será de 10 días naturales, iniciándose el cómputo del plazo el día 22 de mayo de 2019 a las 9 horas y finalizando el 31 de mayo de 2019 a las 13 horas.

Las posteriores solicitudes de prórroga deberán presentarse con una anterioridad de al menos 15 días a su vencimiento.

  • OBLIGACIONES DE LOS AUTORIZADOS

Los vendedores autorizados vendrán obligados:

  • El orden y limpieza del espacio adjudicado, absteniéndose de echar basuras y desperdicios fuera de los lugares expresamente indicados para ello.
  • Ocupar el espacio que les ha sido asignado sin exceder de sus límites.
  • Todos los productos expuestos para la venta deberán llevar en lugar visible su precio.
  • Cuando la venta no se efectúe por unidades, deberán utilizarse balanzas debidamente contratadas y colocadas de tal forma que la operación de pesado sea visible por el cliente.
  • Deberá tener en el puesto de venta todas las facturas y documentos que acrediten la procedencia de los productos.
  • El resto de obligaciones fiscales, laborales y de seguridad y salud que le resulten exigibles por razón de la actividad.

 

  • AUTORIZACIONES

Las autorizaciones son personales, intransferibles e indivisibles, quedando totalmente prohibida su cesión o transmisión por cualquier titulo. No obstante se podrá autorizar subrogación por fallecimiento del titular.

  • EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

Las autorizaciones se extinguirán por las siguientes causas:

  1. Término del plazo para el que se otorgó.
  2. Renuncia expresa de su titular
  3. Fallecimiento del titular, salvo que se produzca subrogación.
  4. Pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su obtención.
  5. Por impago del canon licitatorio. El pago del canon será previo al del ejercicio autorizado inicial o prorrogado.
  6. Por incumplimiento de alguno de los requisitos u obligaciones citados.
  • CANON LICITATORIO AL ALZA

El importe mínimo de licitación al alza aceptado será de 282 euros trimestrales por puesto de venta.

  • CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

– Mayor precio ofertado (60%)

– Minoración de duración de la autorización por días/semana (20%)

– Minoración de productos a ofertar en venta de entre los incluidos en la lista taxativa de este pliego (20%) A razón de 1,8% por producto que se opte y se comprometa a no vender.

Normativa: En lo no dispuesto en el presente pliego se estará a lo dispuesto a la ley patrimonial y de contratos de las administraciones públicas locales y al resto de la normativa vigente que resulte de aplicación

En Xaló a 21 de mayo de 2019.